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lunes, 29 de julio de 2013

Semiótica: "La Comunicación Verbal" - MATRIMONIO IGUALITARIO

Esta entrada esta enfocada en explicar la importancia de la comunicación verbal a la hora de desenvolvernos en nuestra cotidianidad y más especificamente en el ámbito jurídico

1. Resumen "Lenguaje, derecho y realidad" de José María Abascal Zamora

A continuación presentare el resumen del texto "Lenguaje, derecho y realidad" de José María Abascal Zamora, para ilustrar en que forma y porque el lenguaje es parte fundamental del Derecho:
José María Abascal Zamora, en su texto: Lenguaje, derecho y realidad; presenta de manera compleja y un poco confusa la implicación del lenguaje en el derecho; además da soluciones a problemáticas presentadas en el aprendizaje del derecho, la comprensión, la expresión, la terminología, entre muchas otras más.
El texto inicia con un planteamiento bastante interesante sobre el problema de la compresión y la expresión de la realidad y de los conceptos en la cotidianidad, el autor muestra los medios existentes para expresar ideas de una manera óptima y lo esencial a la hora de utilizar el lenguaje. La terminología es el tema a seguir en el texto, se plantean varios problemas en cuanto a los diversos significados que admiten diversas palabras en el ámbito jurídico, lo que crea confusión en ocasiones.
José María, ofrece en el texto, pautas para aprender a escribir y hablar en diferentes contextos en los que nos encontremos, se habla aquí de la facilitación entre el que habla o escribe y el que escucha o lee, dándoles denominaciones apropiadas a las personas y cosas particulares. Se habla también del leguaje técnico-jurídico el cual varia con cada caso concreto.
Según el texto, las generalidades que se expresan en las ideas, se presentan en un idioma abstracto y dan ideas universales; se puede expresar a través de la abstracción, fenómenos jurídicos. El derecho utiliza los imperativos hipotéticos, para crear la ley y a través de esta regular la conducta normativamente.
Se habla de justicia, cuando el derecho es legislado e incluye más personas, lo que le permite ser más general e incluyente. El autor plantea que el derecho es aprendido de manera eficaz, cuando se es crítico respecto a las soluciones e innovador en la búsqueda de nuevas soluciones.
 A continuación, se enuncian los criterios de interpretación, validez y analogía, se habla de los constantes conflictos presentados en estos tres criterios por parte del interprete, el cual tiene que averiguar la voluntad y la conducta de las partes, además en la analogía tiene el derecho que atribuir situaciones prevista y no previstas por la ley, a la hora de ser aplicada.
En las últimas páginas del texto se retoma el lenguaje y se le vincula como un instrumento que permite expresar y pensar ideas, mejor que cualquier otro mecanismo. Al escribir según el autor, se deben poner en orden nuestros pensamientos y utilizar lo objetivo y lo veraz para solidificar nuestro planteamiento. El autor nos propone,  resumir y reflexionar sobre las ideas, pues no siempre las vamos a publicar. Además, plantea como último elemento, el fundamento de las ideas en la realidad, no en la apariencia.  
Bibliografía:


2. La importancia de citar y parafrasear (Derechos de autor y propiedad intelectual)   

Mi siguiente texto, nos instruirá sobre la importancia de proteger los derechos de autor, para librarnos de juicios no solo juridicos, sino tambien éticos y sociales:          

Bibliografía:

3. "Elementos Básicos de Semiótica Jurídica. Aplicación práctica a algunas cuestiones de Derecho Civil" Gererdo Caffera y Andrés Mariño

Este apartado esta destinado, para representar a groso modo, el texto de Gerardo Caffera y Andrés Mariño, quienes hablan de la importancia de comprender la semiótica en el ámbito jurídico: 

Mapa conceptual semiótica discursiva



4. Matrimonio Igualitario

A continuación abordare por medio de mi ensayo y de diferentes vídeos, imágenes y fichas biográfica, un tema tan controvertido como lo es el matrimonio igualitario, para ello enfocare mi atención en la cultura de paz que debemos construir en nuestro país, para poder hablar de paz:

"Las amenazas más graves a la paz no se limitan a las guerras, la violencia que se asume desde determinadas formas; la opresión, la exclusión, entre otras, son elementos que fomentan culturas de violencia" 

(Mónica Herrera Irurita)



Matrimonio igualitario: Una construcción de la cultura de la paz


Muchos temas en los últimos tiempos han dado lugar a gran cantidad de debates, pero pocos como el matrimonio igualitario. Éste ha puesto a variedad de sectores académicos, religiosos, jurídicos, sociales, culturales y políticos en disputa.
En Colombia, en específico, el tema ha cobrado relevancia gracias a las demandas de
inconstitucionalidad interpuestas principalmente por la organización Colombia Diversa  con el fin de que la Corte Constitucional reconozca el matrimonio entre las parejas del mismo sexo. 
La Corte ha respondido a estas demandas a través de la Sentencia C-577/11, en la cual declara: “Exequibilidad del artículo 113 del Código Civil que lo define y exhorta al Congreso de la República a legislar de manera sistemática y organizada sobre los derechos de las parejas del mismo sexo”. La Corte ha dado un concepto amplio de lo que debe significar: Matrimonio, homosexualidad, parejas del mismo sexo, familia, cónyuges  deberes y obligaciones de los cónyuges  tipos de familia, tipos de hijos, igualdad para los tipos de hijos en cualquier clase de familia, adopción, entre muchos más temas.
Esto debería bastar para que el Congreso legislara de manera óptima sobre el matrimonio igualitario según los parámetros establecidos. Pero como ya es conocido, su fallo se inclinó  en contra del matrimonio igualitario. Por esto, su decisión no se acercó a lo expresado en la sentencia C-577/11 de la corte constituciona. Principalmente, cuando en ésta se  enuncia que el legislador: “No puede expedir normas que consagren un trato diferenciado en cuanto a los derechos y deberes de quienes ostentan la condición de cónyuge o de compañero permanente”. Y que las parejas del mismo sexo tienen: “Derecho a decidir si constituyen familia de acuerdo con un régimen que les ofrezca mayor protección que la que pudiera brindarles una unión de hecho”.
Las parejas del mismo sexo son discriminadas en el ámbito jurídico y social, con argumentos religiosos y morales, que en sí ya no son tomados en cuenta ni en la sociedad, ni mucho menos a la hora de legislar. Los críticos del matrimonio igualitario alegan que éste va en contra de lo moralmente aceptado por la mayoría. Argumentan también, que éste no puede ser reconocido, debido a que la unión marital que forma una familia, ha sido a lo largo de la historia, constituida por un hombre y una mujer. Además, sostienen que siendo la familia una institución jurídicamente aceptada y un núcleo fundamental de la sociedad, no puede verse alterado por la introducción de un nuevo tipo de pareja.
Los defensores del matrimonio igualitario han demostrado que éste es aceptado por la mayoría de personas (lo que no es mayoritariamente aceptado es la adopción de la cual no profundizaremos en este texto). Además estos argumentan que el hecho de que históricamente el matrimonio se haya reconocido únicamente entre hombre y mujer, no significa que sea lo adecuado. Para sostener lo anterior, se remiten a ejemplos muy recientes, como el reconocimiento de los derechos de las mujeres, los afro-descendientes y otros grupos (Minoritarios principalmente), quienes nunca habían podido tener reconocimiento político y que ahora poseen los mismos derechos.

Las parejas del mismo sexo piden que su unión sea catalogada como matrimonio, no solamente para que su unión sea socialmente reconocida, también para obtener los derechos, cargas, deberes, obligaciones y beneficios que poseen los cónyuges. Los cuales giran en torno a la fidelidad, convivencia, asistencia y auxilio mutuo. Esto da lugar, al surgimiento de igualdad entre el matrimonio heterosexual y homosexual.

Ahora bien, en el contexto contemporáneo en el que nos encontramos, un 34,3% de los países todavía penalizan la homosexualidad, sin embargo en su mayoría son Estados pequeños (Belice, Guyana, Grenada, Barbados, Jamaica, entre otros). Algunos como es el caso de Colombia permiten la unión civil pero con derechos limitados. Y la gran mayoría no posee una legislación definida.
Aunque son muy pocos los países que permiten el matrimonio igualitario en toda su extensión o que lo permiten sólo en algunos de sus estados, es evidente que cada vez son más los países que están aprobándolo o que por lo menos lo están discutiendo. Es así como por ejemplo en el continente Europeo, el 21.3% de los países permiten el matrimonio igualitario, lo cual hasta hace una década no era posible.
En Colombia se les ha brindado a las parejas del mismo sexo algunos derechos limitados, pero en sí no se ha alterado el Artículo 113 del Código Civil que enuncia: “El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente”. Lo que no permite que parejas homosexuales puedan institucionalizar su unión. Se pretende por parte de los defensores del matrimonio igualitario que se modifique éste, incluyéndole tan solo dos palabras: “El matrimonio es un contrato solemne por el cual dos personas se unen con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente”.

La Corte Constitucional observa en este artículo un déficit de protección por la carencia de una institución que posibilite formalizar y solemnizar vínculo entre parejas del mismo sexo. Lo que hace que las parejas del mismo sexo: “Carezcan de un instrumento que, cuando se trata de constituir una familia, les permita a sus integrantes tener la misma posibilidad de optar que asiste a las parejas heterosexuales”.
Mónica Herrera Irurita en su artículo de opinión: “Carta a los opositores del matrimonio igualitario”, expresa que: “Si el deber del congreso es orientar a la sociedad colombiana… oriéntenos hacia una cultura de paz y no hacia una cultura excluyente, individualista e indiferente”. Dice ella que si esperamos construir una cultura de paz, perspectiva integral, comprensiva y sobre todo incluyente, debemos reconocer al otro dejando atrás la opresión y exclusión que han fomentado la llamada cultura de la violencia. 

En este sentido, es necesario transformar nuestra sociedad, cambiar los parámetros establecidos, dando lugar a una cultura incluyente, que permita a las parejas del mismo sexo tener las mismas posibilidades que una pareja  heterosexual. Esto daría lugar a un verdadero cambio y un gran paso hacia la construcción de una verdadera cultura de paz.

Debate en el programa Veredicto sobre matrimonio igualitario


Debate clase semiótica matrimonio igualitario



FICHAS BILBLIOGRÁFICAS: 


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